TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL

DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Expedientes del año 2020

EXPEDIENTE

RI-42/2020

RI-42/2020

RECURRENTE:
MIRIAM ELIZABETH CANO NUÑEZ

TERCER INTERESADO:
NINGUNO

AUTORIDAD RESPONSABLE:
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA

ACTO RECLAMADO:
En contra del “DICTAMEN NO. 9 relativo a la VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMALES PREVISTO EN EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE AJA CALIFORNIA, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL IDENTIFICADA CON LA CLAVE DE EXPEDIENTE IEEBC/CG/REFC/001/18-08-2020, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California en la Vigésima Tercera Sesión Extraordinaria de fecha 11 de noviembre de 2020”.

TURNO A MAGISTRADO:
02/12/2020 - MTRA. ELVA REGINA JIMENEZ CASTILLO -

ACUERDOS:
14/12/2022-En virtud de que no existen más diligencias que realizar, sin mayor trámite remítase el expediente y su acumulado al archivo como asunto total y legalmente concluido. -

27/02/2021-Se tiene por recibida la documentación y se agrega a los autos del cuaderno de impugnación para los efectos legales conducentes -

29/01/2021-Se tiene por recibida la documentación y se agrega a los autos del cuaderno de impugnación para los efectos legales conducentes -

26/01/2021-Se autoriza la expedición de las copias solicitadas -

30/12/2020-Se forma cuadernillo relativo a la substanciación de la impugnación presentada por Miriam -

30/12/2020-Se forma cuadernillo relativo a la substanciación de la impugnación presentada por Juan -

17/12/2020-Auto de admisión y cierre de instrucción -

16/12/2020-Se tiene por recibido escritos los cuales se agregan a los autos para que obren como legalmente corresponda -

02/12/2020-Se dicta auto de radicación y turno a Magistrada ponente y se decreta la acumulación del expediente MI-42/2020 al MI-41/2020 por ser este de mayor antigüedad. -

ACUERDO DE SESIÓN:
21/12/2020-Sesión de Resolución 22 diciembre de 2020 -

SENTENCIA:
22/12/2020 -Sentencia definitiva de 22 de diciembre del 2020 -
09/03/2021 -Sentencia de Sala Guadalajara 28 de enero de 2021 -
EXPEDIENTE

RI-44/2020

RI-44/2020

RECURRENTE:
EDGAR MONTIEL VELÁSQUEZ

TERCER INTERESADO:
NINGUNO

AUTORIDAD RESPONSABLE:
CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

ACTO RECLAMADO:
En contra de “La omisión absoluta del Congreso del Estado de Baja California de legislar el Juicio para la protección de los derechos-políticos electorales de la ciudadanía, en cumplimiento al articulado segundo transitorio del Decreto de 21 de agosto de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de los mismos mes y año, por el que se reformaron los artículos 35, 36, 41, 54, 56, 60, 74, 94, 99, 101, 111, 116, y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”

TURNO A MAGISTRADO:
02/12/2020 - MTRO. JAIME VARGAS FLORES -

ACUERDOS:
22/08/2023-La sentencia dictada en el presente asunto ha quedado firme para todos los efectos legales; y toda vez que no existen mas diligencias que realizar, sin mayor trámite remítase el expediente, al archivo como asunto total y legalmente concluido. -

14/03/2023-Se hace efectivo el apercibimiento realizado al incidentista, en proveído de seis de marzo de dos mil veintitrés. -

07/03/2023-Se da vista a la parte actora con copia simple del escrito exhibido por la autoridad responsable, para que en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la legal notificación del mismo, manifieste lo que a su derecho convenga. -

24/02/2023-Se da vista a la autoridad responsable y vinculada del escrito incidental, para que en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación del mismo, manifieste lo que a su derecho convenga. -

23/02/2023-Se forma cuaderno accesorio incidental identificándolo con la clave del presente expediente y el subfijo INC-3 -

16/01/2023-Se informa a la Presidencia sobre el cumplimiento de las sentencias de merito, para los efectos legales a que haya lugar. -

12/01/2023-Se hace efectivo el apercibimiento realizado al recurrente, en proveído de dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. -

04/01/2023-Se da vista a la parte actora con copia simple del escrito de cuenta y sus anexos, para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, contadas a partir de la notificación para que, exprese lo que a su derecho convenga. -

14/10/2022-Se declara que el incidente en que se actúa se encuentra debidamente integrado. -

07/10/2022-Se requiera a la autoridad responsable, para que en un plazo de tres días hábiles, contados a partir de la notificación del mismo, remita lo indicado. -

06/10/2022-Se forma cuaderno accesorio incidental identificándolo con la clave del presente expediente y el subfijo INC-2. -

25/10/2021-La sentencia dictada en el presente asunto ha quedado firme para todos los efectos legales; y toda vez que no existen más diligencias que realizar, sin mayor trámite remítase el expediente al archivo como asunto total y legalmente concluido -

07/10/2021-Se hace efectivo el apercibimiento realizado por el recurrente, en proveído de veintinueve de septiembre. -

30/09/2021-Se da vista a la parte recurrente para que manifieste lo que a su derecho convenga. -

23/09/2021-Se apertura cuaderno incidental -

07/01/2021-La sentencia dictado en el presente asunto ha causado ejecutoria para todos los efectos legales; y toda vez que se encuentra pendiente de cumplir consérvese el expediente en la Secretaria General de Acuerdos de este Tribunal -

22/12/2020-Auto de admisión y cierre de instrucción -

03/12/2020-Se tiene a las partes señalando domicilio para oír y recibir notificaciones -

02/12/2020-Se dicta auto de radicación y turno a Magistrado ponente -

ACUERDO DE SESIÓN:
21/12/2020-Sesión de Resolución 22 diciembre de 2020 -

08/10/2021-Sesión Pública de Resolución no presencial de 11 de octubre de 2021 -

26/10/2022-Sesión publica de resolución no presencial de 27 de octubre de 2022. -

15/03/2023-Sesión publica de resolución no presencial de 16 de marzo de 2023. -

SENTENCIA:
22/12/2020 -Sentencia definitiva de 22 de diciembre del 2020 -
14/10/2021 -Sentencia Interlocutoria de 11 de octubre de 2021 -
03/11/2022 -Sentencia interlocutoria de 27 de octubre de 2022. -
21/03/2023 -Sentencia interlocutoria de 16 de marzo de 2023. -
EXPEDIENTE

RI-43/2020

RI-43/2020

RECURRENTE:
PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO

TERCER INTERESADO:
NINGUNO

AUTORIDAD RESPONSABLE:
CONSEJO GENERAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA

ACTO RECLAMADO:
En contra del "Dictamen Numero Treinta y Seis de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del lnstituto Estatal Electoral de Baja California, relativo a la .DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS TOTALES Y DISTRIBUCIÓN DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA EL SOSTENIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES, GASTOS DE CAMPAÑA Y ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN BAJA CALIFORNIA, ASÍ COMO GASTOS DE CAMPAÑA PARA LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL EJERCICIO 2021"

TURNO A MAGISTRADO:
30/11/2020 - LIC. LEOBARDO LOAIZA CERVANTES -

ACUERDOS:
03/02/2021-El acuerdo plenario dictada en el presente asunto ha causado ejecutoria para todos los efectos legales; y toda vez que no existen más diligencias que realizar, sin mayor trámite remítase el expediente al archivo como asunto total y legalmente concluido -

22/01/2021-Acuerdo plenario de resolución de 21 de enero de 2021 -

18/01/2021-Se tiene por recibido los documentos los cuales se agregan al expediente para que obren como legalmente corresponda -

14/01/2021-Auto de admisión y cierre de instrucción -

08/01/2021-Se da vista a las partes para que expresen lo que a su derecho convenga -

23/12/2020-Se agregan al expediente los documentos -

10/12/2020-Se solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación proporcione a este Tribunal la información solicitada -

10/12/2020-Entre otras cosas se tiene al Congreso del Estado de Baja California dando cumplimiento al proveído del primero de diciembre del año en curso -

02/12/2020-Se requiere al Congreso del Estado de Baja California para que proporcione a este Tribunal la información solicitada. -

30/11/2020-Se dicta auto de radicación y turno a Magistrado ponente -

ACUERDO DE SESIÓN:
13/01/2021-Sesión de resolución no presencial 14 de enero de 2021 -

20/01/2021-Sesión de resolución no presencial 21 de enero de 2021 -

EXPEDIENTE

RI-41/2020

RI-41/2020

RECURRENTE:
JUAN MANUEL MOLINA GARCÍA

TERCER INTERESADO:
NINGUNO

AUTORIDAD RESPONSABLE:
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA

ACTO RECLAMADO:
En contra del ¨Dictamen 9 relativo a la VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMALES PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY DE PARTICIPACION CIUDADANA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL IDENTIFICADO CON LA CLAVE DE EXPEDIENTE IEEBC/CG/REFC/001/18-08-2020¨

TURNO A MAGISTRADO:
27/11/2020 - MTRA. ELVA REGINA JIMENEZ CASTILLO -

ACUERDOS:
14/12/2022-En virtud de que no existen más diligencias que realizar, sin mayor trámite remítase el expediente y su acumulado al archivo como asunto total y legalmente concluido. -

27/02/2021-Se tiene por recibida la documentación y se agrega a los autos del cuaderno de impugnación para los efectos legales conducentes -

29/01/2021-Se tiene por recibida la documentación y se agrega a los autos del cuaderno de impugnación para los efectos legales conducentes -

26/01/2021-Se autoriza la expedición de las copias solicitadas -

30/12/2020-Se forma cuadernillo relativo a la substanciación de la impugnación presentada por Miriam -

30/12/2020-Se forma cuadernillo relativo a la substanciación de la impugnación presentada por Juan -

17/12/2020-Auto de admisión y cierre de instrucción -

16/12/2020-Se tiene por recibido escritos los cuales se agregan a los autos para que obren como legalmente corresponda -

02/12/2020- Se decreta la acumulación del expediente MI-42/2020 al MI-41/2020 por ser este de mayor antigüedad. -

27/11/2020-Se dicta auto de radicación y turno a Magistrada ponente -

ACUERDO DE SESIÓN:
21/12/2020-Sesión de Resolución 22 diciembre de 2020 -

SENTENCIA:
22/12/2020 -Sentencia definitiva de 22 de diciembre del 2020 -
09/03/2021 -Sentencia de Sala Guadalajara 28 de enero de 2021 -
EXPEDIENTE

RA-40/2020

RA-40/2020

RECURRENTE:
JAIME BONILLA VALDEZ

TERCER INTERESADO:
NINGUNO

AUTORIDAD RESPONSABLE:
OTRO

ACTO RECLAMADO:
En contra del acuerdo de admisión dictado por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, el once de noviembre de dos mil veinte dentro del expediente CNHJ-BC-682/2020.

TURNO A MAGISTRADO:
26/11/2020 - MTRO. JAIME VARGAS FLORES -

ACUERDOS:
07/01/2021-El acuerdo plenario dictada en el presente asunto ha quedado firme para todos los efectos legales; y toda vez que no existen más diligencias que realizar, sin mayor trámite remítase el expediente y su acumulado al archivo como asunto total y legalmente concluido -

22/12/2020-Acuerdo Plenario de Resolución -

14/12/2020-Se hace efectivo el apercibimiento decretado en autos de siete de diciembre de la presente anualidad -

11/12/2020-Se tiene a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA dando cumplimiento al acuerdo de veinticinco de noviembre de dos mil veinte. -

10/12/2020-Se tiene al promovente desistiéndose de su demanda y por ratificada la misma. -

08/12/2020-Se requiere al promovente para que ratifique su escrito de desistimiento. -

03/12/2020-Se tiene al recurrente señalando domicilio para oír y recibir notificaciones -

26/11/2020-Se dicta auto de radicación y turno a Magistrado ponente, así como la acumulación del expediente RA-40/2020 al RA-39/2020 por ser esté ultimo el de mayor antigüedad -

26/11/2020-Entre otras cosas se tiene a la parte actora señalando domicilio `para oír y recibir notificaciones -

ACUERDO DE SESIÓN:
21/12/2020-Sesión de Resolución 22 diciembre de 2020 -